Tokenización de Valores en Argentina

Isaac Lopez

July 11, 2025

Tokenización de Valores en Argentina

El 11 de junio del 2025, la Comisión Nacional de Valores de Argentina (CNV) emitió la Resolución General 1060, con el que busca crear un marco de regulación para la tokenización de valores negociables en el país.

Si te interesa conocer cómo está regulada la tokenización en México, puedes leer nuestra entrada específica aquí.

De acuerdo con esta resolución, la digitalización de los mercados financieros y la evolución de las Tecnologías de Registro Distribuido (TRD) han generado nuevas oportunidades para optimizar la emisión, negociación, liquidación y custodia de valores negociables. Entre estas nuevas oportunidades se encuentra la posibilidad de “tokenizar” distintos tipos de activos.

Así, esta resolución busca proporcionar seguridad jurídica, validación tecnológica, inclusión financiera real, productos financieros más dinámicos, así como consolidar a Argentina como un hub regional para las finanzas digitales.

Introducción y Contexto

Para entender el alcance de esta resolución, es necesario primero entender el marco regulatorio relacionado con los valores negociables en Argentina:

  1. Ley del Mercado de Capitales (Nº 26.831). Busca desarrollar el mercado de capitales, así como regular a los sujetos y valores negociables, los cuales quedan bajo la supervisión de la CNV. Esta ley define a los valores negociables e incluye dentro de este concepto a las acciones y a los títulos de deuda o certificados de participación de fideicomisos.

  2. Ley de Financiamiento Productivo (Nº 27.440). Busca facilitar el acceso al crédito y fomentar el desarrollo del mercado de capitales para impulsar la inversión productiva y el crecimiento económico, así como modernizar y adaptar la normativa a las necesidades actuales del mercado. 

  3. Ley Nº 27.739. Otorga a la CNV facultades para supervisar, fiscalizar y sancionar a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAVs), que son personas que, como negocio, realizan operaciones de intercambio, transferencia, custodia u otras con activos virtuales en nombre de otra persona.

Regulación Internacional

La resolución de la CNV se inspiró en la regulación de otras jurisdicciones, como por ejemplo:

  • Uruguay (Ley Nº 20.345). Permite a las emisoras de títulos de oferta pública a obtener la autorización del Banco Central a emitir "valores escriturales de registro descentralizado" mediante tecnologías de registro distribuido (TRD). 

  • Brasil (Resolución CVM Nº 29 del 2021). Aprobó un sandbox regulatorio por virtud del cual se puso en práctica un proyecto de representación digital de valores negociables.

  • Unión Europea (Régimen Piloto DLT). Permite la experimentación controlada con infraestructuras de mercado basadas en TRD, facilitando la negociación y liquidación de instrumentos financieros tokenizados.

¿En qué consiste la Resolución 1060?

De acuerdo con la regulación argentina, los valores negociables pueden ser "cartulares" o "escriturales". La diferencia entre unos y otros radica en la forma en que se representan y transfieren. 

  • Los valores cartulares son representados por un documento físico (título valor) y su transmisión se realiza por la entrega del documento y, según el tipo, puede requerir su endoso o cesión. De acuerdo con el Código Civil y Comercial de Argentina, este tipo de valores pueden emitirse también como no cartulares o escriturales.

  • Los valores escriturales, en cambio, están representados de forma electrónica en un registro contable llevado por un agente de registro autorizado y su transferencia se efectúa mediante anotaciones en cuenta, sin necesidad de un soporte físico. Este tipo de valores pueden ser administrados a través de registros centralizados o descentralizados (por ejemplo, a través de una TRD).

Los valores negociables emitidos en forma cartular o escritural, que son las “formas tradicionales” de emisión, se depositan ante un Agente Depositario Central de Valores Negociables (ADCVN) y quedan registrados a nombre de uno o más titulares registrales.

En este contexto, la resolución de la CNV establece que la representación digital de valores negociables será una especie particular dentro del género "tokenización". Con ello se busca garantizar la seguridad, trazabilidad, inmutabilidad, fungibilidad y verificabilidad de las operaciones que se realicen con este tipo de valores. En resumen, esta resolución busca adaptar la normativa vigente para incorporar la posibilidad de la representación digital adicional de valores negociables, mediante procedimientos que garanticen la neutralidad tecnológica y aseguren la equivalencia funcional frente a las "formas tradicionales" de representación.

Así, la representación digital de valores negociables puede equipararse a los valores negociables escriturales descentralizados.

Antes de continuar, es importante mencionar lo siguiente:

  1. Primero, que la resolución de la CNV rige exclusivamente sobre la representación digital de ciertos valores negociables con oferta pública, siempre y cuando no involucre valores negociables que se ofrezcan públicamente.

  2. Segundo, la implementación de esta normativa se realiza mediante un entorno seguro de prueba (es decir, un “Sandbox"), con el objetivo de evaluar el impacto y el funcionamiento de estas disposiciones en un entorno controlado y limitado. Una vez transcurrido el plazo de 1 año, no podrán generarse más representaciones digitales de valores negociables, mas que los que hayan sido autorizados oportunamente. Una vez finalizado el plazo, la CNV podrá evaluar la conveniencia de prorrogar su vigencia, así como modificar el alcance de la resolución. A diferencia de lo que sucede en otros países, el sandbox argentino no consistirá en la aceptación en particular de cada caso sujeto a un protocolo de prueba, sino en una limitación temporal que permita evaluar el impacto inicial de la tokenización. Los valores negociables que hayan obtenido la autorización y que no hayan sido efectivamente representados digitalmente dentro de los 2 años de haberla obtenido, serán excluidos del sandbox.

  3. Esta resolución es la primera etapa de un proceso más robusto. Esta primera etapa sólo aplica para valores representativos de deuda o certificados de participación de fideicomisos financieros con oferta pública cuyo activo subyacente esté compuesto por activos del mundo real (real world assets) u otros bienes admisibles que no sean valores negociables con negociación en mercados habilitados, así como cuotapartes de fondos comunes de inversión cerrados con oferta pública cuyo patrimonio se componga por real world assets u otros bienes admisibles. Se deja para una etapa posterior la evaluación y eventual inclusión de los demás valores negociables.

Consideraciones Especiales

Consideramos conveniente enfatizar las siguientes particularidades de la resolución de la CNV:

  1. Uno de sus objetivos es la expansión del mercado de capitales hacia otros ecosistemas menos tradicionales, como es el caso de las plataformas y/o aplicaciones móviles administradas por los PSAV. Por ello, los PSAV registrados ante la CNV serán los encargados de comercializar en sus plataformas o aplicaciones móviles los valores negociables representados digitalmente.

  2. No se podrán transferir ni negociar los valores negociables representados digitalmente fuera de los PSAV, así como tampoco mediante protocolos descentralizados, por lo que éstos deberán adoptar las medidas conducentes para que ello no sea posible.

  3. Se enfatiza la separación patrimonial de la propiedad entre el titular registral y el beneficiario de los valores negociables. Para que el beneficiario o inversionista pueda ejercer sus derechos (voto, control de gobernanza, etc.) deberá canalizar sus instrucciones a través de los PSAV intervinientes.

  4. Los valores negociables representados digitalmente serán reemplazables, irrestrictamente y a solicitud del inversor, por los valores negociables representados de manera "tradicional".

Este tipo de regulaciones ofrecen oportunidades interesantes para quienes buscan explorar nuevos mercados y nuevas formas de ofrecer su propuesta de valor. Si te interesa explorar a detalle sus alcances y particularidades, contáctanos para explorar juntos nuevos horizontes.

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